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Podrás exigir del extranjero el pago de la deuda, pero si tu compatriota te debe algo, tú le perdonarás esa deuda. Así no habrá entre ustedes ningún mendigo, porque el Señor tu Dios te bendecirá abundantemente en la tierra que va a darte en posesión, siempre y cuando escuches fielmente la voz del Señor tu Dios y obedezcas y cumplas todos estos mandamientos que hoy te ordeno cumplir.

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